Información adicional sobre Proteccion de Datos Secretaría General


  1. SOLICITUD DE AYUDAS

Responsable: El Responsable del tratamiento de los datos personales es la Oficina Española de Patentes y Marcas OA (en adelante, OEPM), con domicilio en Paseo de la Castellana 75, 28071 Madrid, teléfono: 9021570530 y correo electrónico: protecciondedatos@oepm.es

Delegado de Protección de Datos: Puede contactar con el delegado de protección de datos en protecciondedatos@oepm.es

Finalidad: Los datos recogidos en la solicitud se utilizarán en la tramitación de las ayudas para fines de contacto y administración. Los datos personales suministrados en el formulario de solicitud: su nombre y apellidos, NIF, teléfono, dirección postal y correo electrónico, serán tratados con el fin de identificar su identidad así como para fines de notificación y de contacto.

Legitimación: La OEPM se encuentra legitimada para el tratamiento de los datos personales anteriormente descrito en virtud de la siguiente normativa:

  • La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • La Orden IET/940/2013, de 24 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para el fomento de las solicitudes de patentes y modelos de utilidad por la Oficina Española de Patentes y Marcas (artículo 5.6)
  • Las resoluciones de convocatoria.
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (artículos 9 y 66) con carácter supletorio.

Orden IET/940/2013.

“Artículo 5.6. Iniciación del procedimiento

Las solicitudes deberán formalizarse en el modelo que se fije en cada convocatoria e irán acompañadas de la siguiente documentación que habrá de remitirse en formato electrónico:

a) Identificación del solicitante:

i. En caso de persona jurídica dicha identificación se realizará mediante la aportación del CIF del solicitante. Asimismo, deberá aportarse la acreditación del poder del firmante de la solicitud, que deberá ser aportada electrónicamente.

ii. En el caso de persona física dicha identificación se realizará mediante la aportación del NIF del solicitante. Dicha aportación no será necesaria si se autoriza al órgano instructor para su comprobación en las bases de datos del Ministerio del Interior ni tampoco en el caso de que se firme la solicitud de ayuda con el certificado digital de la persona física solicitante de la misma o, en el caso de que la solicitud se efectúe a través de un representante tercero, se firmen las declaraciones responsables, la autorización al representante y los datos bancarios con el certificado digital de la persona física solicitante de la ayuda.

El órgano instructor, en los términos previstos en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, podrá requerir la exhibición de la documentación original en cualquier momento.

b) Justificación de la realización de la actividad subvencionable de conformidad con lo establecido en las respectivas convocatorias. Las actividades subvencionables han debido haberse realizado antes de la petición de la ayuda y la justificación de las mismas se debe realizar junto con la solicitud de ayuda.

c) Declaración responsable sobre otras ayudas solicitadas u obtenidas en relación con los mismos costes subvencionables. En particular, esta declaración contendrá todas las ayudas «de mínimis» recibidas por el beneficiario durante el ejercicio fiscal en curso y los dos anteriores. Si en algún momento del procedimiento ocurren hechos que modifiquen dicha declaración, se deberá informar al órgano instructor.

d) Cualquier otra documentación que establezca cada convocatoria.”

Supletoriamente aplica también la Ley 39/2015, que en el art. 9 establece los sistemas de identificación del solicitante y en su caso de su representante y obliga a las Administraciones Públicas a verificar la identidad de los interesados por el DNI u otro documento equivalente en el procedimiento. Y el art. 66 que se refiere a las solicitudes de iniciación, señala los datos que deben contener: nombre y apellidos del interesado y / o de su representante; medio electrónico o físico para practicar la notificación; hechos y razones y petición en que se concrete la solicitud; firma del solicitante y órgano al que se dirige.

Destinatarios:

Los datos del titular, y NIF /CIF podrán ser cedidos a otras administraciones públicas. En particular se cederán esos datos a la Tesorería General de la Seguridad Social, al Ministerio del Interior y a la Agencia Española de Administración Tributaria (AEAT).

Los datos del titular, su DNI / CIF, su dirección e importe de la ayuda concedida se incorporarán a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en virtud del art. 8.c. de la Ley 19/2013 de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Los datos del titular, su DNI / CIF, número de cuenta y el importe de la ayuda concedida se cederán a la entidad colaboradora (la Caixa) para efectuar el pago.

Los datos del titular, su DNI / CIF, domicilio y los datos de la SS y AEAT podrán ser cedidos a la Intervención del Estado.

Los expedientes podrán ser consultados en Internet solo por los interesados mediante clave de acceso

Derechos: El interesado puede ejercer su derecho de acceso a sus datos personales, a solicitar la rectificación de los datos inexactos, o en su caso solicitar la supresión, cuando entre otros motivos, los datos ya no sean necesarios para los fines que fueron recogidos, así como el derecho a la portabilidad de sus datos.

Todos estos derechos se podrán ejercitar directamente por el interesado o por medio de representante debidamente acreditado, a través de una solicitud dirigida a la OEPM, preferentemente vía correo electrónico a la dirección: protecciondedatos@oepm.es

También podrá reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es), especialmente cuando considere que no han sido atendidos sus derechos o no se han atendido sus derechos en los plazos prescritos.

Procedencia: El fichero incorporará únicamente los datos aportados por los interesados.

  1. DEVOLUCIÓN DE INGRESOS INDEBIDOS

Responsable: El Responsable del tratamiento de los datos personales es la Oficina Española de Patentes y Marcas OA (en adelante, OEPM), con domicilio en Paseo de la Castellana 75, 28071 Madrid, teléfono: 9021570530 y correo electrónico: protecciondedatos@oepm.es

Delegado de Protección de Datos: Puede contactar con el delegado de protección de datos en protecciondedatos@oepm.es

Finalidad: Los datos recogidos en la solicitud se utilizarán en la tramitación de las devoluciones de ingresos indebidos en trámites correspondientes a las diferentes modalidades de propiedad industrial.

Legitimación: La OEPM se encuentra legitimada para el tratamiento de los datos personales en virtud de la siguiente normativa que regula el procedimiento de devolución:

  • Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos

Artículo 12. Devolución.

Procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido, cuando no se realice su hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo

  • Ley 24/2015, de Patentes

Artículo 183 Reembolso de las tasas

  1. En el caso de que la solicitud de patente o de otro título de protección previsto en esta Ley sea retirada, se tenga por desistida o sea denegada antes de iniciarse la prestación, servicio o actividad administrativa correspondiente, se devolverán al peticionario las tasas respectivamente abonadas por estos conceptos, con excepción de la tasa de solicitud.
  2. Cuando el informe sobre el estado de la técnica pueda basarse parcial o totalmente en el informe de búsqueda internacional realizado en aplicación del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes se reembolsará al solicitante el 25 por ciento, el 50 por ciento, el 75 por ciento o el 100 por ciento de la tasa, en función del alcance de dicho informe.
  3. Cuando el examen sustantivo pueda basarse parcial o totalmente en el informe de examen preliminar internacional realizado por la Administración Encargada del Examen Preliminar internacional competente, se reembolsará al solicitante el 25 por ciento, el 50 por ciento, el 75 por ciento o el 100 por ciento de dicha tasa, en función del alcance de dicho informe.
  4. La interposición de un recurso dará lugar al pago de la tasa de recurso. No procederá la devolución de la tasa salvo cuando el recurso fuera totalmente estimado al acogerse razones jurídicas indebidamente apreciadas en la resolución recurrida que fueran imputables a la Oficina Española de Patentes y Marcas. La devolución de la tasa deberá ser solicitada al interponerse el recurso y será acordada en la resolución del mismo.
  • Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria

Art. 121 Comunicación de datos

Se considera comunicación de datos la declaración presentada por el obligado tributario ante la Administración para que ésta determine la cantidad que, en su caso, resulte a devolver. Se entenderá solicitada la devolución mediante la presentación de la citada comunicación.

  • Supletoriamente aplica también la Ley 39/2015, que en el art. 9 establece los sistemas de identificación del solicitante y en su caso de su representante y obliga a las Administraciones Públicas a verificar la identidad de los interesados por el DNI u otro documento equivalente en el procedimiento. Y el art. 66 que se refiere a las solicitudes de iniciación, señala los datos que deben contener: nombre y apellidos del interesado y / o de su representante; medio electrónico o físico para practicar la notificación; hechos y razones y petición en que se concrete la solicitud; firma del solicitante y órgano al que se dirige.

Destinatarios: Los datos del titular, su DNI / CIF, número de cuenta y el importe a devolver se cederán a la entidad bancaria colaboradora para efectuar la devolución.

Derechos: El interesado puede ejercer su derecho de acceso a sus datos personales, a solicitar la rectificación de los datos inexactos, o en su caso solicitar la supresión, cuando entre otros motivos, los datos ya no sean necesarios para los fines que fueron recogidos, así como el derecho a la portabilidad de sus datos.

Todos estos derechos se podrán ejercitar directamente por el interesado o por medio de representante debidamente acreditado, a través de una solicitud dirigida a la OEPM, preferentemente vía correo electrónico a la dirección: protecciondedatos@oepm.es

También podrá reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es), especialmente cuando considere que no han sido atendidos sus derechos o no se han atendido sus derechos en los plazos prescritos.

Procedencia: El fichero incorporará únicamente los datos aportados por los interesados.

  1. SOLICITUD DE PROPÓSITO GENERAL

Responsable: El Responsable del tratamiento de los datos personales es la Oficina Española de Patentes y Marcas OA (en adelante, OEPM), con domicilio en Paseo de la Castellana 75, 28071 Madrid, teléfono: 9021570530 y correo electrónico: protecciondedatos@oepm.es

Delegado de Protección de Datos: Puede contactar con el delegado de protección de datos en protecciondedatos@oepm.es

Finalidad: Los datos recogidos en la solicitud se utilizarán para identificar al solicitante, así como al expediente

Legitimación: La OEPM se encuentra legitimada para el tratamiento de los datos personales en virtud del procedimiento regulado en la Ley 39/2015:

Artículo 66. Solicitudes de iniciación.

1. Las solicitudes que se formulen deberán contener:

a) Nombre y apellidos del interesado y, en su caso, de la persona que lo represente.

b) Identificación del medio electrónico, o en su defecto, lugar físico en que desea que se practique la notificación. Adicionalmente, los interesados podrán aportar su dirección de correo electrónico y/o dispositivo electrónico con el fin de que las Administraciones Públicas les avisen del envío o puesta a disposición de la notificación.

c) Hechos, razones y petición en que se concrete, con toda claridad, la solicitud.

d) Lugar y fecha.

e) Firma del solicitante o acreditación de la autenticidad de su voluntad expresada por cualquier medio.

f) Órgano, centro o unidad administrativa a la que se dirige y su correspondiente código de identificación

Destinatarios: Los datos personales recabados no se cederán a otras administraciones públicas.

Derechos: El interesado puede ejercer su derecho de acceso a sus datos personales, a solicitar la rectificación de los datos inexactos, o en su caso solicitar la supresión, cuando entre otros motivos, los datos ya no sean necesarios para los fines que fueron recogidos, así como el derecho a la portabilidad de sus datos.

Todos estos derechos se podrán ejercitar directamente por el interesado o por medio de representante debidamente acreditado, a través de una solicitud dirigida a la OEPM, preferentemente vía correo electrónico a la dirección: protecciondedatos@oepm.es

También podrá reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es), especialmente cuando considere que no han sido atendidos sus derechos o no se han atendido sus derechos en los plazos prescritos.

  1. PRESENTACIÓN DE PODERES GENERALES

Responsable: El Responsable del tratamiento de los datos personales es la Oficina Española de Patentes y Marcas OA (en adelante, OEPM), con domicilio en Paseo de la Castellana 75, 28071 Madrid, teléfono: 9021570530 y correo electrónico: protecciondedatos@oepm.es

Delegado de Protección de Datos: Puede contactar con el delegado de protección de datos en protecciondedatos@oepm.es

Finalidad: Los datos recogidos en la solicitud se utilizarán para el registro de los poderes generales con efectos en la OEPM

Legitimación: La OEPM se encuentra legitimada para el tratamiento de los datos personales en virtud del procedimiento regulado en:

  • Real Decreto 687/2002, de 12 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas.

Artículo 57. Acreditación de la representación.

  1. Se podrá presentar un poder general por el que se faculte al representante para actuar en relación con todas las operaciones de marcas o nombres comerciales del poderdante. La Oficina Española de Patentes y Marcas llevará a estos efectos un registro de poderes generales.
  • Real Decreto 1937/2004, de 27 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de ejecución de la Ley 20/2003, de 7 de julio, de protección jurídica del diseño industrial.

Disposición adicional segunda. Representación.

Las normas contenidas en el capítulo VI del título VIII del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas, aprobado por el Real Decreto 687/2002, de 12 de julio, serán de aplicación a la representación de los interesados en cualquiera de los procedimientos y actuaciones previstas en la Ley 20/2003, de 7 de julio, y en este reglamento. El artículo 57.2 del citado Reglamento de ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, será asimismo de aplicación a los procedimientos y actuaciones previstas en las normas reguladoras de las restantes modalidades de propiedad industrial.

  • Real Decreto 316/2017, de 31 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes.

Artículo 108. Acreditación de la representación en invenciones.

  1. Para aquellos supuestos en los que haya de acreditarse la representación, los representantes deberán presentar ante la Oficina Española de Patentes y Marcas el correspondiente poder firmado por el interesado para su inclusión en el expediente. El poder podrá otorgarse para una o más solicitudes o para uno o más registros identificados en el poder. Se podrá presentar un poder general por el que se faculte al representante para actuar en relación con todos los trámites relativos a las patentes de invención, modelos de utilidad, certificados complementarios de protección o de sus prórrogas del poderdante.

Destinatarios: Los datos personales recabados no se cederán a otras administraciones públicas.

Derechos: El interesado puede ejercer su derecho de acceso a sus datos personales, a solicitar la rectificación de los datos inexactos, o en su caso solicitar la supresión, cuando entre otros motivos, los datos ya no sean necesarios para los fines que fueron recogidos, así como el derecho a la portabilidad de sus datos.

Todos estos derechos se podrán ejercitar directamente por el interesado o por medio de representante debidamente acreditado, a través de una solicitud dirigida a la OEPM, preferentemente vía correo electrónico a la dirección: protecciondedatos@oepm.es

También podrá reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es), especialmente cuando considere que no han sido atendidos sus derechos o no se han atendido sus derechos en los plazos prescritos.

  1. DECLARACIÓN RESPONSABLE PARA LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO ESPECIAL DE AGENTES DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL E INICIO DEL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN DE AGENTE DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL PERSONA FÍSICA

Responsable.El Responsable del tratamiento de los datos personales es la Oficina Española de Patentes y Marcas OA (en adelante, OEPM), con domicilio en Paseo de la Castellana 75, 28071 Madrid,teléfono: 9021570530 y correo electrónico: protecciondedatos@oepm.es

Delegado de Protección de Datos: Puede contactar con el delegado de protección de datos en protecciondedatos@oepm.es

Finalidad. Inscripción en el Registro Especial de Agentes de la Propiedad Industrial e iniciar el ejercicio de la actividad de Agente de la Propiedad Industrial.

Legitimación. La OEPM se encuentra legitimada para el tratamiento de los datos personales en virtud del procedimiento regulado en:

  • Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes

Artículo 179. Ejercicio de la actividad profesional y Registro Especial de Agentes y de la Oficina Española de Patentes y Marcas.

1. Para iniciar el ejercicio de la actividad como Agente de la Propiedad Industrial, directamente o a través de persona jurídica, será necesario haber presentado previamente ante la Oficina Española de Patentes y Marcas una declaración responsable en la que, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de ejecución de esta Ley, el interesado manifieste bajo su responsabilidad que cumple todos los requisitos establecidos en los artículos 176 y 177 y no se encuentra incurso en las incompatibilidades del artículo 178, que dispone de la documentación que así lo acredita y que se compromete a mantener su cumplimiento en tanto no se produzca su baja por cualquiera de las circunstancias previstas en el artículo 180.

El cumplimiento de estos requisitos habilita para el ejercicio de la actividad profesional en todo el territorio nacional y por un periodo indefinido.

2. La documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos legales deberá estar disponible para su presentación ante la Oficina Española de Patentes y Marcas cuando ésta así lo requiera. A estos efectos se aceptarán los documentos procedentes de otro Estado miembro de la Unión Europea que demuestren que se cumplen tales requisitos, en los términos previstos en el artículo 17.2 de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

3. Una vez recibida la declaración a que se hace referencia en el apartado 1, la Oficina Española de Patentes y Marcas, previo pago de la tasa correspondiente, inscribirá de oficio al Agente en su Registro Especial de Agentes de la Propiedad Industrial como representantes legalmente habilitados para actuar como tales ante la misma.

4. En sus relaciones con la Oficina Española de Patentes y Marcas, los Agentes deberán utilizar su nombre propio, seguido de la indicación de su condición de Agente y, en el caso de personas jurídicas, de la razón social bajo la cual actúen, así como el domicilio social correspondiente.

  • Real Decreto 316/2017, de 31 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes.

Artículo 110. Ejercicio de la actividad profesional y Registro Especial de Agentes de la Propiedad Industrial.

1. Para iniciar el ejercicio de la actividad de Agente de la Propiedad Industrial será necesario haber presentado previamente ante la Oficina Española de Patentes y Marcas una declaración responsable en la que los interesados manifiesten, bajo su responsabilidad, que cumplen todos los requisitos establecidos en el artículo 177 de la Ley, que disponen de la documentación acreditativa, que no se hallan incursos en las incompatibilidades del artículo 178 del mismo cuerpo legal y que se comprometen a mantener su cumplimiento en tanto no se produzca su baja en la actividad, por cualquiera de las circunstancias previstas en el artículo 180 de la Ley.

2. La declaración responsable habilita para el ejercicio de la actividad, desde su presentación, en todo el territorio nacional y por un periodo indefinido. Una vez recibida la declaración responsable, la Oficina Española de Patentes y Marcas procederá de oficio a la inscripción del Agente de la Propiedad Industrial en el Registro Especial de Agentes de la Propiedad Industrial. Si la declaración responsable tuviera algún defecto la Oficina Española de Patentes y Marcas requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, lo subsane, con indicación de que, si así no lo hiciera, se tendrá por no presentada la declaración responsable.

3. No se podrá exigir la presentación de documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos junto con la declaración responsable. No obstante, esta documentación deberá estar disponible para su presentación ante la Oficina Española de Patentes y Marcas cuando ésta así lo requiera.

A los efectos de acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa vigente, se aceptarán los documentos procedentes de otro Estado miembro de la Unión Europea de los que se desprenda que cumplen tales requisitos en los términos previstos en el artículo 17.2 de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

Destinatarios.El nombre, apellidos, dirección, teléfono, fax y correo electrónico profesional del Agente de la Propiedad Industrial inscrito en el Registro Especial de Agentes de la Propiedad Industrial, se publicarán en la página web de la OEPM, de libre acceso y consulta, con la finalidad de facilitar el contacto profesional.

Derechos.El interesado puede ejercer su derecho de acceso a sus datos personales, a solicitar la rectificación de los datos inexactos, o en su caso solicitar lasupresión, cuando entre otros motivos, los datos ya no sean necesarios para los fines que fueron recogidos, así como el derecho a la portabilidad de sus datos.

Todos estos derechos se podrán ejercitar directamente por el interesado o por medio de representante debidamente acreditado, a través de una solicitud dirigida a la OEPM, preferentemente vía correo electrónico a la dirección: protecciondedatos@oepm.es

También podrá reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es), especialmente cuando considere que no han sido atendidos sus derechos o no se han atendido sus derechos en los plazos prescritos.  

  1. SOLICITUD DE MODIFICACIONES DE DATOS DE AGENTES Y MANDATARIOS

Responsable: El Responsable del tratamiento de los datos personales es la Oficina Española de Patentes y Marcas OA (en adelante, OEPM), con domicilio en Paseo de la Castellana 75, 28071 Madrid, teléfono: 9021570530 y correo electrónico: protecciondedatos@oepm.es

Delegado de Protección de Datos: Puede contactar con el delegado de protección de datos en protecciondedatos@oepm.es

Finalidad: Los datos recogidos en la solicitud se utilizarán para el registro de los poderes generales con efectos en la OEPM

Legitimación: La OEPM se encuentra legitimada para el tratamiento de los datos personales en virtud del procedimiento regulado en:

  • Real Decreto 687/2002, de 12 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas.

Artículo 57. Acreditación de la representación.

  1. Todo representante que deje de estar apoderado seguirá siendo considerado como tal hasta que no se haya comunicado a la Oficina Española de Patentes y Marcas u órgano competente la expiración de su poder.
  • Real Decreto 1937/2004, de 27 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de ejecución de la Ley 20/2003, de 7 de julio, de protección jurídica del diseño industrial.

Disposición adicional segunda. Representación.

Las normas contenidas en el capítulo VI del título VIII del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas, aprobado por el Real Decreto 687/2002, de 12 de julio, serán de aplicación a la representación de los interesados en cualquiera de los procedimientos y actuaciones previstas en la Ley 20/2003, de 7 de julio, y en este reglamento. El artículo 57.2 del citado Reglamento de ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, será asimismo de aplicación a los procedimientos y actuaciones previstas en las normas reguladoras de las restantes modalidades de propiedad industrial.

  • Real Decreto 316/2017, de 31 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes.

Artículo 108. Acreditación de la representación en invenciones.

  1. Todo representante que, por cualquier causa, deje de estar apoderado seguirá siendo considerado como tal hasta que no se haya comunicado a la Oficina Española de Patentes y Marcas u órgano competente la terminación de su poder.

Destinatarios: Los datos personales modificados de los Agentes de la Propiedad Industrial relativos a la dirección, teléfono, fax y correo electrónico profesional se publicarán en la página web de la OEPM.

Derechos: El interesado puede ejercer su derecho de acceso a sus datos personales, a solicitar la rectificación de los datos inexactos, o en su caso solicitar la supresión, cuando entre otros motivos, los datos ya no sean necesarios para los fines que fueron recogidos, así como el derecho a la portabilidad de sus datos.

Todos estos derechos se podrán ejercitar directamente por el interesado o por medio de representante debidamente acreditado, a través de una solicitud dirigida a la OEPM, preferentemente vía correo electrónico a la dirección: protecciondedatos@oepm.es

También podrá reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es), especialmente cuando considere que no han sido atendidos sus derechos o no se han atendido sus derechos en los plazos prescritos.